Solicitud
◘ Toda persona interesada en cursar un máster oficial en la Universidad de Valladolid deberán realizar su solicitud en la aplicación “on-line” habilitada al efecto, en los plazos establecidos, y adjuntar la documentación requerida a través de la misma.
◘ La modificación de datos de la solicitud o la inclusión de documentación se hará directamente por el interesado en la aplicación “on-line”, hasta el cierre de la misma.
• En ningún caso, se tendrá en cuenta la documentación enviada por correo electrónico.
◘ Los interesados deberán cumplir el requisito de poseer la titulación de acceso antes de la finalización del plazo en el que estén realizando su preinscripción.
No obstante lo anterior, los estudiantes de Grado que estén matriculados en los estudios de Grado, en el curso 2020/2021, en alguna universidad española podrán realizar la preinscripción adjuntando el documento "Compromiso de Titulación", en el que se comprometen a obtener el título de Grado, en el curso 2020/2021, como requisito previo al acceso a los estudios de Máster y aceptan:
1.- Que en el caso de ser preadmitidos por el Comité Académico del máster, se les podrá adjudicar plaza en el periodo de preinscripción en el que acrediten su titulación, siempre que haya plazas vacantes.
2.- Que en el caso de no acreditar su titulación durante el periodo de preinscripción en el que hayan sido preadmitidos, su solicitud pasará como preadmitida al siguiente periodo de preinscripción habilitado.
3.- Que si acreditan su titulación una vez finalizados todos los plazos de preinscripción habilitados, y no existen plazas vacantes en el máster o másteres en los que hubiese sido preadmitido, quedarán en situación de lista de espera en los mismos.
Una vez finalizado el periodo de preinscripción, los solicitantes que no hayan sido admitidos o preadmitidos en ninguno de los másteres solicitados, o habiendo sido admitidos no hayan realizado la matrícula en plazo, podrán realizar una nueva solicitud de preinscripción en el siguiente periodo habilitado.
◘ Se presentará una única solicitud de preinscripción con un máximo de tres opciones de máster por orden de prioridad. El solicitante quedará vinculado por el orden de preferencia que establezca en la solicitud, por lo que, en el caso de ser admitido en más de un máster, se le adjudicará plaza en la opción solicitada en lugar preferente. La presentación de dos o más solicitudes conllevará la anulación de todas ellas excepto en el caso de que una solicitud sea para el Máster en Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas y la otra para dos opciones del resto de los másteres.
◘ Las preinscripciones en las que no se adjunte la totalidad de la documentación requerida pueden no ser tenidas en cuenta en el proceso de admisión.
Admisión
◘ Al finalizar cada periodo de preinscripción, los comités académicos de los másteres procederán a resolver la admisión atendiendo a los criterios de acceso generales y específicos para cada máster.
◘ Los estudiantes de Grado preinscritos que estén matriculados en los estudios de Grado en el curso 2020/2021, en alguna universidad española, y pendientes de obtener el título en ese mismo curso, podrán ser preadmitidos por el Comité Académico del máster. A estos estudiantes, se les podrá adjudicar plaza, a efectos de matrícula, en el periodo de preinscripción en el que acrediten su titulación, siempre que haya plazas vacantes y así lo acuerde el Comité académico del máster.
◘ Cada periodo de preinscripción lleva asociado un listado de admitidos y un periodo de matrícula. Si un alumno no se matricula en el plazo que le corresponde, la plaza vacante engrosará el cupo del siguiente periodo de preinscripción.
◘ Los interesados cuyas solicitudes hayan resultado excluidas por falta de documentación o no admitidas, deberán volver a realizar la preinscripción en el siguiente periodo.
◘ Finalizado el periodo de preinscripción correspondiente, y siempre que haya solicitudes que, cumpliendo los requisitos, no hayan sido atendidas por falta de plaza, se generarán listas de espera que se utilizarán para avisar a los interesados, en el caso de plaza vacante, siguiendo un riguroso orden de lista.
◘ Las plazas que no se ocupen al finalizar la matrícula correspondiente a cada periodo de preinscripción, pasarán a engrosar el siguiente periodo de preinscripción. Aquellos másteres que hubieran cubierto todas las plazas ofertadas al finalizar cada periodo de matrícula, podrán ofertarse en el siguiente periodo sólo a efectos de generar o ampliar la lista de espera en los mismos.
◘ Cupo de reserva para alumnos con grado de discapacidad.
Según Resolución Rectoral de 21 de diciembre de 2016, se reservará un 5 por ciento de las plazas ofertadas (se considerará una más por fracción resultante) para su adjudicación a los estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como para los estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa.
Finalizado el plazo de admisión, las plazas que no se ocupen de ese porcentaje de reserva se añadirán al resto de las plazas ofertadas para todos los estudiantes.
Publicación de listados
◘ En las fechas establecidas en el calendario académico oficial se publicarán, en el Tablón de anuncios del Rectorado (Sede Electrónica: www.uva.es, Sede Electrónica/Tablón de Anuncios/Alumnos) y en la página web de la UVa, los listados de alumnos admitidos, a los que corresponde matricularse, de excluidos por falta de documentación y de alumnos en lista de espera.
◘ Los interesados que hayan presentado solicitud de admisión en el plazo establecido y no figuren en listados de admitidos o listas de espera, deberán entender que su solicitud ha sido desestimada.
◘ Esta publicación tendrá la consideración de notificación oficial a los interesados, de acuerdo a lo establecido en el art. 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Reclamaciones
Tras la publicación de cada uno de los listados de admitidos, los solicitantes podrán presentar reclamación dirigida al Presidente del Comité Académico del Máster, en el plazo de dos días hábiles siguientes a la publicación del listado correspondiente, en el Registro General de la Universidad o electrónicamente, de acuerdo con la Ley 39/2015.
En el plazo de cinco días, el Comité Académico resolverá la reclamación. La resolución será notificada a los interesados y contra la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de Alzada, ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Periodo extraordinario de admisión
Una vez finalizados los plazos establecidos, el alumno podrá realizar una solicitud dirigida al coordinador del máster elegido, siguiendo el procedimiento descrito a continuación:
El alumno solicitará plaza al coordinador enviándole la documentación establecida por correo electrónico. Para ello puede utilizar el (Modelo normalizado)
Si el alumno resulta admitido en el máster, el coordinador lo comunicará por correo electrónico, en el que adjunte toda la documentación, a la Sección de Posgrado.
La Sección de Posgrado adjudicará la plaza al alumno y le avisará para que pueda formalizar su matrícula.
Las solicitudes presentadas fuera de los plazos de preinscripción solo podrán ser consideradas si quedaran plazas vacantes en las titulaciones ofertadas, una vez resueltas las solicitudes efectuadas en plazo.
ESTUDIANTE A TIEMPO PARCIAL
Los estudiantes, con independencia de la titulación o curso en que se vayan a matricular, podrán solicitar anualmente, de acuerdo con los plazos que la Universidad establezca en su calendario académico, la condición de estudiante a tiempo parcial. Dicha condición será válida únicamente durante el correspondiente curso académico.
De acuerdo con lo contemplado en el Reglamento de ordenación académica de la Universidad de Valladolid, el Rector resolverá las solicitudes con anterioridad a la matrícula. Se desconcentra en Decanos y Directores de Centro la adopción de dichas resoluciones, que deberán ser adoptadas en el plazo máximo de un mes a partir del día siguiente a la finalización del plazo establecido para solicitar la condición de estudiante a tiempo parcial. Dichas resoluciones se podrán recurrir en alzada ante el Rector.
Requisitos para ser considerados estudiantes a tiempo parcial:
Habrá que acreditar alguno de los siguientes extremos:
a) Desarrollar una actividad laboral durante al menos un cuatrimestre del curso académico que vaya a iniciar, cuya acreditación se realizará a través del documento de alta en la Seguridad Social o Equivalente.
b) Tener a su cargo el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de parentesco por cosanguineidad o afinidad.
c) Ser deportista de alto nivel, alto rendimiento o alto nivel universitario.
d) Estar afectado por un grado de discapacidad física, sensorial o psíquica, reconocido por la autoridad competente, igual o superior al 33% o ser estudiante con necesidades educativas especiales.
e) Encontrarse en otras situaciones extraordinarias que el órgano competente para resolver valore como determinantes para ser incorporado en la situación de dedicación al estudio a tiempo parcial.
Requisitos de matrícula
-Estudiantes de nuevo ingreso: Mínimo 30 créditos ECTS y máximo 36.
-Estudiantes en cursos sucesivos: Entre 24 y 36 ECTS.
Cuando el número de créditos necesario para la obtención del título sea inferior a 24 deberán matricularse de todos los créditos restantes, salvo, en su caso, y de acuerdo con la normativa que lo regule, el TFM.
Plazo de solicitud :
- Del 18 al 23 de marzo de 2021
- Del 22 al 27 de julio de 2021
- Del 10 al 17 de septiembre de 2021
Desde la publicación del listado de admitidos hasta el último día de matrícula del plazo correspondiente:
Los estudiantes que, por causa sobrevenida, se vean afectados por alguna de las condiciones por las que se les pueda reconocer esta situación una vez iniciado el proceso de matrícula, podrán solicitar el reconocimiento de estudiante a tiempo parcial fuera de los plazos inicialmente establecidos, si bien en este supuesto no se aplicará el requisito del número máximo de créditos matriculados para ese curso académico.
Solicitud
AVISO:
Es muy importante leer toda la información sobre la documentación necesaria para realizar la preinscripción antes de entrar en la aplicación y tenerla preparada en formato electrónico (pdf) para poder subirla a la misma.
ENLACE INFORMACIÓN BECAS MÁSTERES OFICIALES
CURSO 2022/23
Solicitud
◘ Toda persona interesada en cursar un máster oficial en la Universidad de Valladolid deberán realizar su solicitud en la aplicación “on-line” habilitada al efecto, en los plazos establecidos, y adjuntar la documentación requerida a través de la misma.
◘ La modificación de datos de la solicitud o la inclusión de documentación se hará directamente por el interesado en la aplicación “on-line”, hasta el cierre de la misma.
• En ningún caso, se tendrá en cuenta la documentación enviada por correo electrónico.
◘ Los interesados deberán cumplir el requisito de poseer la titulación de acceso antes de la finalización del plazo en el que estén realizando su preinscripción.
◘ Los estudiantes que soliciten "Acceso excepcional con matrícula condicionada" se preinscribirán como solicitantes no titulados, debiendo cumplir el requisito de acceso, de que solamente les resten de superar el TFG y un máximo de 9 ECTS, antes de la finalización del plazo en el que estén realizando su preinscripción.
Al tratarse de un procedimiento excepcional, los Comités de Titulación de los másteres oficiales podrán valorar las solicitudes de preinscripción de estos estudiantes y, en su caso, acordar su admisión al máster.
En todo caso se garantizará la prioridad en la admisión y en la matrícula de los estudiantes que dispongan del título universitario oficial de Graduado en el correspondiente plazo de preinscripción.
Los alumnos que accedan y se matriculen por esta vía en ningún caso podrá obtener el título de Máster si previamente no han obtenido el título de Grado, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 18.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Los alumnos que se preinscriban por esta modalidad de acceso deberán adjuntar el ANEXO I – Declaración Responsable, disponible en la aplicación informática de preinscripción, en la que constará:
- Que están matriculados y cursando el Grado en una universidad española.
- La relación de las asignaturas que tienen pendientes de superar para obtener el título y el número de créditos de las mismas.
- Que se dan por informados y aceptan que no obtendrán el título de máster universitario si previamente no han obtenido el título de grado.
- Que se comprometen a acreditar ante la Universidad de Valladolid la obtención del título de Grado.
Una vez finalizado el periodo de preinscripción, los solicitantes que no hayan sido admitidos en ninguno de los másteres solicitados, o que habiendo sido admitidos no hayan realizado la matrícula en plazo, podrán realizar una nueva solicitud de preinscripción en el siguiente periodo habilitado.
◘ Se presentará una única solicitud de preinscripción con un máximo de tres opciones de máster por orden de prioridad. El solicitante quedará vinculado por el orden de preferencia que establezca en la solicitud, por lo que, en el caso de ser admitido en más de un máster, se le adjudicará plaza en la opción solicitada en lugar preferente. La presentación de dos o más solicitudes conllevará la anulación de todas ellas excepto en el caso de que una solicitud sea para el Máster en Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas y la otra para dos opciones del resto de los másteres.
◘ Las preinscripciones en las que no se adjunte la totalidad de la documentación requerida pueden no ser tenidas en cuenta en el proceso de admisión.
Admisión
◘ Al finalizar cada periodo de preinscripción, los comités académicos de los másteres procederán a resolver la admisión atendiendo a los criterios de acceso generales y específicos para cada máster.
◘ Los Comités de Titulación garantizarán la prioridad en la admisión y en la matrícula de los estudiantes que dispongan del título universitario oficial de Graduado sobre los que accedan por el procedimiento de acceso excepcional con matrícula condicionada.
◘ Cada periodo de preinscripción lleva asociado un listado de admitidos y un periodo de matrícula. Si un alumno no se matricula en el plazo que le corresponde, la plaza vacante engrosará el cupo del siguiente periodo de preinscripción.
◘ Los interesados cuyas solicitudes hayan resultado excluidas por falta de documentación o no admitidas, deberán volver a realizar la preinscripción en el siguiente periodo.
◘ Finalizado el periodo de preinscripción correspondiente, y siempre que haya solicitudes que, cumpliendo los requisitos, no hayan sido adjudicadas por falta de plaza, los Comités de Titulación podrán generar listas de espera que se gestionarán siguiendo rigurosamente el orden de lista en caso de plaza vacante.
◘ Las plazas que no se ocupen al finalizar la matrícula correspondiente a cada plazo de preinscripción, pasarán a engrosar el siguiente plazo de preinscripción. Aquellos másteres que hubieran cubierto todas las plazas ofertadas al finalizar cada plazo de matrícula, podrán ofertarse en el siguiente plazo de preinscripción sólo a efectos de generar o ampliar la lista de espera en los mismos.
◘ Cupo de reserva para alumnos con grado de discapacidad.
Según lo dispuesto en el artículo 18.6 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias oficiales y del procedimiento de aseguramiento de su calidad (BOE del 29 de septiembre) y en la Resolución Rectoral de 21 de diciembre de 2016, se reservará un 5 por ciento de las plazas ofertadas para su adjudicación a los estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa.
En la asignación de plazas correspondiente al 5 por ciento de las ofertadas, se considerará una más por fracción resultante.
Finalizado el plazo de admisión, las plazas de este cupo de reserva que queden vacantes se acumularan a las ofertadas por el cupo general.
Publicación de listados
◘ En las fechas establecidas en el calendario académico oficial se publicarán, en el Tablón de anuncios del Rectorado (Sede Electrónica: www.uva.es, Sede Electrónica/Tablón de Anuncios/Alumnos) y en la página web de la UVa, los listados de alumnos admitidos, a los que corresponde matricularse, de alumnos excluidos por falta de documentación y de alumnos en lista de espera.
◘ Los interesados que hayan presentado solicitud de admisión en el plazo establecido y no figuren en listados de admitidos, de excluidos o en lista de espera, deberán entender que su solicitud ha sido desestimada.
◘ Esta publicación tendrá la consideración de notificación oficial a los interesados, de acuerdo a lo establecido en el art. 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Reclamaciones
Tras la publicación de cada uno de los listados de admitidos, los solicitantes podrán presentar reclamación dirigida al Presidente del Comité de Titulación del Máster, en el plazo de dos días hábiles siguientes a la publicación del listado correspondiente, a través de la Sede Electrónica de la UVa, de acuerdo con la citada Ley 39/2015 y de conformidad con el Reglamento de la Universidad de Valladolid por el que se implantan los medios que facilitan el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos de la Universidad de Valladolid y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico de la Universidad de Valladolid (aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de junio de 2012, BOCyL de 26 de junio, modificado por la Comisión Permanente de 29 de abril de 2014, BOCyL de 15 de mayo). Asimismo, de conformidad con el capítulo II del Título Tercero y el artículo 35 del citado Reglamento, en el supuesto de que deba presentarse ante el Registro Electrónico documentación adicional, ésta podrá incorporarse conforme a los mencionados artículos del Reglamento.
https://sede.uva.es/opencms/opencms/es/Sobre_la_Sede/Registro_Electronico/index.html
En el plazo de cinco días hábiles, el Comité de Titulación resolverá la reclamación. La resolución será notificada a los interesados y contra la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de Alzada, ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No se admitirán reclamaciones que impliquen modificación o alteración del orden de preferencia de las titulaciones solicitadas.
Periodo extraordinario de admisión
Una vez finalizados los plazos establecidos, el alumno podrá realizar una solicitud de admisión en periodo extraordinario siguiendo el procedimiento descrito a continuación:
Se presentará, en Sede Electrónica, el modelo normalizado de solicitud de admisión que se dirigirá, junto a la documentación correspondiente, a la Sección de Posgrado.
Los solicitantes que accedan con titulaciones ajenas al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) deberán tener la documentación debidamente legalizada y, en su caso, traducida en el momento de presentar la solicitud de admisión en periodo extraordinario.
Las solicitudes presentadas fuera de los plazos de preinscripción solo podrán ser consideradas si quedaran plazas vacantes en las titulaciones ofertadas, una vez resueltas las solicitudes efectuadas en plazo. También en este periodo se deberá garantizar la prioridad en la admisión y en la matrícula de los estudiantes que dispongan del título universitario oficial de Graduado.
ESTUDIANTE A TIEMPO PARCIAL
Los estudiantes, con independencia de la titulación o curso en que se vayan a matricular, podrán solicitar anualmente, de acuerdo con los plazos que la Universidad establezca en su calendario académico, la condición de estudiante a tiempo parcial. Dicha condición será válida únicamente durante el correspondiente curso académico.
De acuerdo con lo contemplado en el Reglamento de ordenación académica de la Universidad de Valladolid, el Rector resolverá las solicitudes con anterioridad a la matrícula. Se desconcentra en Decanos y Directores de Centro la adopción de dichas resoluciones, que deberán ser adoptadas en el plazo máximo de un mes a partir del día siguiente a la finalización del plazo establecido para solicitar la condición de estudiante a tiempo parcial. Dichas resoluciones se podrán recurrir en alzada ante el Rector.
Requisitos para ser considerados estudiantes a tiempo parcial:
Habrá que acreditar alguno de los siguientes extremos:
a) Desarrollar una actividad laboral durante al menos un cuatrimestre del curso académico que vaya a iniciar, cuya acreditación se realizará a través del documento de alta en la Seguridad Social o Equivalente.
b) Tener a su cargo el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de parentesco por cosanguineidad o afinidad.
c) Ser deportista de alto nivel, alto rendimiento o alto nivel universitario.
d) Estar afectado por un grado de discapacidad física, sensorial o psíquica, reconocido por la autoridad competente, igual o superior al 33% o ser estudiante con necesidades educativas especiales.
e) Encontrarse en otras situaciones extraordinarias que el órgano competente para resolver valore como determinantes para ser incorporado en la situación de dedicación al estudio a tiempo parcial.
Requisitos de matrícula
-Estudiantes de nuevo ingreso: Mínimo 30 créditos ECTS y máximo 36.
-Estudiantes en cursos sucesivos: Entre 24 y 36 ECTS.
Cuando el número de créditos necesario para la obtención del título sea inferior a 24 deberán matricularse de todos los créditos restantes, salvo, en su caso, y de acuerdo con la normativa que lo regule, el TFM.
Plazo de solicitud :
Desde la publicación del listado de admitidos hasta el último día de matrícula del plazo correspondiente:
- Del 24 al 29 de marzo de 2022
- Del 21 al 26 de julio de 2022
- Del 9 al 16 de septiembre de 2022
Los estudiantes que, por causa sobrevenida, se vean afectados por alguna de las condiciones por las que se les pueda reconocer esta situación una vez iniciado el proceso de matrícula, podrán solicitar el reconocimiento de estudiante a tiempo parcial fuera de los plazos inicialmente establecidos, si bien en este supuesto no se aplicará el requisito del número máximo de créditos matriculados para ese curso académico.
Solicitud
AVISO:
Es muy importante leer toda la información sobre la documentación necesaria para realizar la preinscripción antes de entrar en la aplicación y tenerla preparada en formato electrónico (pdf) para poder subirla a la misma.
ENLACE INFORMACIÓN BECAS MÁSTERES OFICIALES