El Máster en Arquitectura proporciona la formación para la habilitación en el ejercicio de la profesión de Arquitecto. El primer semestre tiene como objetivo una formación transversal, en la que participan el bloque técnico y el proyectual, que permita al estudiante la integración de conocimientos de las asignaturas obligatorias, le aproxime a la realidad profesional, y le prepare para afrontar, en el segundo semestre, el Proyecto Fin de Carrera.
Para acoger al Máster en Arquitectura se ha escogido el recinto más representativo de la Escuela, el Aula “Arquitecto Alejandro de la Sota”, un espacio constituido como Taller Integrado, un lugar activo, donde se trabajará en un ejercicio en el que converjan las horas de taller de cada una de las asignaturas obligatorias, y así el estudiante realice la aplicación práctica, en un mismo tema, de la teoría recibida de las distintas materias.
Las asignaturas optativas, que se imparten durante el primer semestre, se conciben tanto como una intensificación de conocimiento en las materias elegidas, como una línea particular de futuro desarrollo profesional para el estudiante.
OBJETIVOS
Proporcionar la formación para la habilitación en el ejercicio de la profesión de Arquitecto
COMPETENCIAS BÁSICAS
Son las que se reflejan en el apartado 3.3, Anexo I del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales BOE 3 julio 2010
B1. Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación.
B2. Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio;
B3. Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios.
B4. Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones –y los conocimientos y razones últimas que las sustentan– a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades.
B5. Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.
COMPETENCIAS GENERALES
Son las que se relacionan en el apartado 3 del anexo de la Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto. BOE 31 julio 2010.
G1. Conocer los métodos de investigación y preparación de proyectos de construcción.
G2. Crear proyectos arquitectónicos que satisfagan a su vez las exigencias estéticas y las técnicas y los requisitos de sus usuarios, respetando los límites impuestos por los factores presupuestarios y la normativa sobre construcción.
G3. Comprender la profesión de arquitecto y su función en la sociedad, en particular, elaborando proyectos que tengan en cuenta los factores sociales.
COMPETENCIAS ESPECÍFICAS
Son las que se relacionan en el apartado 5 del anexo de la Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto. BOE 31 julio 2010.
E1. Aptitud para concebir, calcular, diseñar, integrar en edificios y conjuntos urbanos y ejecutar Estructuras de edificación.
E2. Aptitud para concebir, calcular, diseñar, integrar en edificios y conjuntos urbanos y ejecutar sistemas de división interior, carpintería, escaleras y demás obra acabada.
E3. Aptitud para concebir, calcular, diseñar, integrar en edificios y conjuntos urbanos y ejecutar sistemas de cerramientos, cubierta y demás obra gruesa.
E4. Aptitud para concebir, calcular, diseñar, integrar en edificios y conjuntos urbanos y ejecutar instalaciones de suministro, tratamiento y evacuación de aguas, de calefacción y de climatización.
E5. Aptitud para la concepción, la práctica y desarrollo de proyectos básicos y de ejecución, croquis y anteproyectos.
E6. Aptitud para la concepción, la práctica y desarrollo de Proyectos Urbanos.
E7. Aptitud para la concepción, la práctica y desarrollo de Dirección de obras.
E8. Aptitud para elaborar programas funcionales de edificios y espacios urbanos.
E9. Aptitud para intervenir, conservar, restaurar y rehabilitar el patrimonio construido.
E10. Aptitud para ejercer la crítica arquitectónica.
E11. Capacidad para redactar y gestionar planes urbanísticos a cualquier escala.
Requisitos específicos
El acceso a los estudios conducentes a la obtención del título de Máster habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto, requerirá la previa superación de las enseñanzas de Grado, conforme a la Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto.
Por otra parte, el acceso al título de Master en Arquitectura se debe regir por las condiciones de acceso especificadas en el apartado 4 de la Resolución de 28 de julio de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de julio de 2010, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto:
El acceso a los estudios conducentes a la obtención del título de Máster habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto, requerirá la previa superación de las enseñanzas de Grado a las que se refiere el apartado primero de este Acuerdo.
Criterios de admisión y selección de estudiantes
En el supuesto de que existan más solicitudes que el número de plazas ofertadas se establecerán un orden de prelación en función del expediente académico, que supondrá hasta el 70 % de la puntuación, y del currículum vitae del estudiante que supondrá hasta un 30% de la puntuación. En caso de posible empate se recurrirá a la entrevista personal en el seno del Comité de Título
Cronograma de implantación del título
Como continuación de la implantación del Grado “Fundamentos de la Arquitectura” que quedará totalmente implantado en el curso 2014-15, la previsión es implantar este máster en el curso siguiente, es decir, en el 2015-2016.
Esta información es proporcionada por el POD de la Universidad de Valladolid automáticamente.
Este título tiene implantado el Sistema de Garantía Institucional de la Universidad de Valladolid y dispone de la información pública que se detalla a continuación
E.T.S. DE ARQUITECTURA
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