El estudiantado podrá solicitar un único proceso de compensación curricular por titulación y deberán hacerlo ante el Decano/a o el Director/a del Centro en los 5 días siguientes al cierre de las actas del cuatrimestre correspondiente, o en los primeros cinco días del curso académico, en su caso.
El estudiantado podrá solicitar tribunal de compensación curricular sólo en el caso de que sea una la asignatura pendiente de superación de cara a la obtención del título correspondiente, excluyendo de este cómputo el Trabajo de Fin de Grado o el Trabajo de Fin de Máster y siempre que haya evaluado con calificación de suspenso en al menos dos convocatorias de dos cursos diferentes.
No serán objeto de compensación curricular las asignaturas de carácter básico u optativo, las prácticas externas o el Trabajo de Fin de Grado o Máster.
Para el curso 2023/2024
Para el curso 2024/2025
La solicitud se presenta en la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid.
La tramitación de su solicitud se realizará por la Secretaría Administrativa del Centro donde esté cursando sus estudios.
Una vez admitida a trámite la solicitud de compensación, el estudiante o la estudiante deberá abonar el precio público correspondiente a las asignaturas sin docencia de acuerdo con el número de matrícula que le corresponda. Este importe se abonará obligatoriamente por entidad financiera.
La compensación curricular se regula en los artículos 53 a 56 del Reglamento de Ordenación Académica de la Universidad de Valladolid.