Todas las enseñanzas oficiales de máster concluirán con la elaboración y defensa pública de un Trabajo de Fin de Máster, que ha de formar parte del plan de estudios.
Además, los Centros aprobarán, a propuesta de los Comités de Título correspondientes, una normativa de evaluación del TFM que concuerde con las condiciones académicas, organizativas y disciplinares particulares de la Titulación y del Centro.
La normativa de evaluación deberá respetar en su integridad la regulación contenida en el reglamento con especial atención a los artículos que hacen referencia a los criterios de evaluación, calificación final del trabajo y procesos de reclamación por el estudiantado.
Antes de entrar en vigor, la normativa de evaluación del TFM aprobada por el Centro deberá contar con el informe favorable de la comisión del Consejo de Gobierno con competencia en materia de Docencia, aprobación por el Consejo de Gobierno y posterior publicación en el correspondiente Tablón Oficial de Anuncios del Centro. Dicho informe deberá ser motivado y tendrá carácter vinculante.