El estudiantado universitario podrá optar a una convocatoria extraordinaria de fin de carrera cuando en el momento de formalizar la matrícula de primer cuatrimestre se encuentre a falta de un número máximo de 18 créditos ECTS para alcanzar la titulación de Máster, sin tener en cuenta en tal cómputo ni las prácticas externas ni el Trabajo Fin de Máster y siempre que los procesos de evaluación asociados sean factibles en términos de presencialidad, debiendo matricularse cuando se den estas circunstancias de todos los créditos restantes para obtener la titulación correspondiente. En todo caso, el calendario académico de la Universidad incluirá necesariamente el período de realización de esta convocatoria.
Las personas que se acojan a esta convocatoria podrán efectuar nuevo examen con la misma matrícula en la convocatoria ordinaria o extraordinaria, bien entendido que en cada asignatura el alumnado solamente podrá hacer uso de dos convocatorias de examen durante el mismo curso académico.
Si el estudiante o la estudiante se presenta a la convocatoria extraordinaria de fin de carrera no podrá fraccionar el pago de su matrícula.
Cualquier información complementaria será facilitada en las correspondientes Secretarías Administrativas de los Centros, Unidad de Gestión Integrada de Palencia y Unidades Administrativas Territoriales de Soria y Segovia.